Las ayudas de la presente convocatoria se acogen al Reglamento (UE) N.º 2021/1057 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y por el que se deroga el Reglamento (UE) N.º 1296/2013.

Beneficiarios

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las entidades e instituciones que cumplan los siguientes requisitos:

a)         Tener personalidad jurídica propia.

b)         Estar especializada en el ámbito de la formación en Hostelería y Turismo mediante la acreditación de acciones/operaciones de formación para el empleo en el sector de hostelería mediante certificación o acreditación expedida por cualquier Escuela de Turismo y Hostelería, entidad Oficial o Administración Pública con competencias en la materia, determinada en un importe acumulado de 594.000 € (1,5 veces el importe agregado del presupuesto total de la Convocatoria) en los tres ejercicios anteriores. A tal efecto, su objeto social o actividad deberá tener relación directa con el sector de la hostelería y turismo y contar con los medios materiales y personales suficientes para desarrollar la actividad de entrega, distribución y comprobación exigibles de las ayudas y subvenciones.

c)         Tener capacidad para realizar las acciones/operaciones a que se refiere el artículo 1 de las presentes BBRR, en el término de la Ciudad de Melilla.

d)         Estar al corriente de sus obligaciones Tributarias nacionales y locales, así como con la Seguridad Social, en el momento de solicitar las subvenciones y durante todo el periodo que dure la acción.

e)         No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y artículo 27 del RD 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

f)         Acreditar una solvencia Económica a la fecha de presentación de la solicitud mediante informe emitido por la Entidad Financiera, donde se indique el saldo medio en cuenta durante los doce meses anteriores a la fecha publicación de la convocatoria en BOME, que, en cualquier caso, debe ser por importe igual o superior al 5% de la suma de las subvenciones solicitadas, con el fin de asegurar el pago a proveedores.

Objeto.

El objeto de las subvenciones reguladas en las presente Convocatoria es financiar la realización de diversas operaciones de formación destinadas a la formación integral de desempleados en el sector de la Hostelería y Turismo.

Cuantía.

Se establece un presupuesto para esta Convocatoria de 396.000 € que se financiarán mediante la aplicación presupuestaria 08/24103/44900 RC N.º 12024000021763 - Programa Regional FSE+ de la Ciudad Autónoma de Melilla 2021-2027 CCI2021ES05SFPR020. cofinanciado al 85% dentro del siguiente encuadre:

OP4. Una Europa más social e inclusiva, por medio de la aplicación del Pilar Europeo de Derechos Sociales;

Prioridad 1. Empleo, adaptabilidad, emprendimiento y economía social;

Objetivo Especifico 4.1;

Medida: 1.A.03 Escuelas de Oficios.

Tasa de financiación: 85%.

Proyectos/Operaciones Subvencionables.

Se subvencionará el proyecto formativo que contenga al menos las siguientes operaciones:

EH23001. OPERACIONES BÁSICAS DE COCINA (350 horas). Importe máximo a subvencionar 60.000€

EH23002. COCINA (810 horas). Importe máximo a subvencionar 135.000 €

EH23003. ELABORACIÓN CULINARIA AVANZADA (240 horas) Importe máximo a subvencionar 32.500€

EH23004. OPERACIONES BÁSICAS DE RESTAURANTE Y BAR (290 horas). Importe máximo a subvencionar 50.000 €

EH23005 SERVICIOS DE RESTAURANTE (580 horas). Importe máximo a subvencionar 104.4000€

EH23006. SERVICIOS AVANZADOS DE RESTAURANTE Y BAR (380 horas). Importe máximo a subvencionar 57.000 €

El importe global de las 6 subvenciones a aprobar no superará la cantidad de 396.000 € establecidos en el artículo 2 de esta Convocatoria.

Plazo de presentación de solicitudes.

La fecha límite de presentación de solicitudes será de 30 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en BOME y hasta las 23:59 horas del último día en la sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla en el procedimiento habilitado para ello.

 Forma de las solicitudes.

Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos disponibles en las oficinas de Proyecto Melilla S.A., así como en su página web www.promesa.net. que reflejará, en todo caso, el contenido mínimo a que se refiere el artículo 15 de las BBRR.

Las solicitudes deberán cursarse exclusivamente de forma electrónica, de conformidad con lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Para ello, quienes soliciten la ayuda deberán disponer de cualquier certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas de la Ciudad Autónoma de Melilla. La información relativa a certificados, firma y sellos electrónicos se encuentra disponible en la sede electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Documentos